Articulo 1° .- Con la denominación de “ASOCIACIÓN CIVIL LIGA MUNDIAL DE CHAIU-DO-KWAN” se constituye a los 28 días del mes de abril de 2.014 una entidad sin fines de lucro, con domicilio legal en la Ciudad de Buenos Aires.

Articulo 2° .- Son sus propósitos:

  1. Promover la difusión y práctica del arte marcial mediante la organización de seminarios, exhibiciones, graduaciones, torneos y campeonatos nacionales o internacionales, como así también promover la unidad de las diferentes escuelas de esta disciplina dispersas en el mundo;
  2. Promover la unidad con otras escuelas marciales en pos del bien común;
  3. En tanto el arte marcial es un vehículo de descarga emocional y de equilibrio y paz interior en toda la sociedad y en especial en los sectores más vulnerables para enfrentar el brutal avance de la violencia como consecuencia de la droga y la marginación que sufren estos sectores, promover la práctica del mismo propiciando la inclusión, mediante la participación en eventos deportivos de carácter general, tanto en el orden nacional, provincial y municipal.-

Para el cumplimiento del objeto social, la entidad podrá: adquirir a título oneroso o gratuito bienes muebles e inmuebles, venderlos, permutarlos, otorgarlos en comodatos, locación, uso o usufructo, gravarlos con derecho de hipoteca; contraer mutuos; hacer y recibir donaciones; aceptar legados, subsidios, herencias o subvenciones; hacer operaciones con instituciones bancarias, a plazo fijo, cuenta corriente o cualquier otra operación que permitan sus cartas orgánicas y que tiendan al cumplimiento de sus fines y objetivos sociales, y que tiendan al cumplimiento de sus fines y objetivos sociales y de cualquier otra entrada o ingreso lícito acorde con el fin de la institución.